La masa máxima técnicamente admisible (también: masa máxima técnicamente admisible cuando el vehículo está cargado) del vehículo (por ejemplo, 3500 kg) representa una indicación de masa establecida por el fabricante que el vehículo no puede superar. La información sobre la masa máxima técnicamente admisible del modelo que ha seleccionado se encuentra en los datos técnicos. Si el vehículo se conduce superando la masa máxima técnicamente admisible, se trata de una infracción que puede conllevar una multa.
La masa en orden de marcha indicada hace referencia un valor estándar establecido durante el procedimiento de homologación de tipo. Debido a las tolerancias de fabricación, la masa pesada real en orden de marcha puede desviarse del valor indicado anteriormente. Se admiten y permiten legalmente desviaciones de hasta ±5 % de la masa en orden de marcha.
En resumen, la masa en orden de marcha equivale al vehículo básico con equipamiento estándar más un peso legalmente fijado de 75 kg para el conductor. Esto incluye, en esencia, los siguientes factores:
La masa especificada por el fabricante para el equipamiento opcional es un valor fijado por Bürstner en cada plano para la masa máxima del equipamiento opcional que se puede pedir. Este límite pretende garantizar que la masa útil mínima, es decir, la masa libre prescrita por ley para el equipaje y accesorios montados posteriormente, esté en realidad disponible para la capacidad de carga en los vehículos suministrados por Bürstner.
La masa de los pasajeros se calcula en 75 kg por cada asiento previsto por el fabricante, independientemente del peso real de los pasajeros. La masa del conductor ya está incluida en la masa en orden de marcha (véase el punto 2 más arriba) y, por tanto, no se suma de nuevo. En el caso de una autocaravana con cuatro plazas de asiento permitidas, la masa de los pasajeros equivale, de este modo, a 3 x 75 kg = 225 kg.
La normativa de la UE establece una masa útil mínima fija para las autocaravanas que debe mantenerse al menos para equipaje u otros accesorios no instalados de fábrica. Esta masa útil mínima se calcula de la siguiente manera: 10 x (n + L).
Donde: ""n"" es el número máximo de pasajeros más el conductor y ""L"" es la longitud general del vehículo en metros.
Así, para una autocaravana con una longitud de 6 m y 4 asientos permitidos, la masa útil mínima es, por ejemplo, de 10 kg x (4 + 6) = 100 kg.
El peso adicional de equipamiento opcional o paquetes aumenta la masa real del vehículo (= masa en orden de marcha más equipamiento opcional seleccionado) y reduce la masa útil. El valor indicado muestra el peso adicional en comparación con el equipamiento estándar del plano correspondiente. El peso total de los paquetes seleccionados y del equipamiento opcional no puede superar la masa especificada por el fabricante para el equipamiento opcional.
El Vario-Seat es un 5.° asiento opcional que debe considerarse como un asiento regular al calcular la masa útil mínima y la masa de los pasajeros. Para añadir el 5.° asiento, se debe garantizar que se siga manteniendo la masa útil mínima y que se cumplan todos los demás valores de masa legales. Para más información, contacte con nuestros distribuidores.
Para poder informarle sobre los pesos de la mejor manera y con la mayor transparencia posible en nuestros documentos de venta (impresos y digitales), utilizamos, básicamente, la terminología prevista en la legislación vigente. Dicha terminología está definida desde el 06/07/2022, principalmente, en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/535 (anteriormente: Reglamento (UE) n.º 1230/2012). El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/535 está disponible online en los distintos idiomas de la UE: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32021R0535